Ministro de Interior emite Resolución 023-2018 a propósito de la Semana Santa



El Ministerio de Interior y Policía prohibió la venta de bebidas alcohólicas y dispuso la restricción del volumen de la música en todos los centros de expendio que funcionan en playas, ríos, balnearios y todo lugar público desde las 12:00 a. m. del Viernes Santo hasta las 12:00 a. m. del Sábado Santo.

Durante ese periodo, los centros de expendio de bebidas alcohólicas en esos lugares deben permanecer cerrados con motivo del significado religioso de la fecha y para prever la ocurrencia de accidentes en calles, carreteras y autopistas, así como pérdida de vidas en las playas, ríos y balnearios. Tampoco se permitirá la música estridente en vehículos y establecimientos públicos.

También está prohibido el porte de armas de fuego en forma visible, así como la instalación de piscinas móviles frente a lugares de expendio de bebidas alcohólicas como bares, discotecas, colmados, colmadones y otros.

“Queda terminantemente prohibido el expendio de bebidas alcohólicas durante las 24 horas correspondientes al Viernes Santo (desde las 12:00 a. m. del Viernes Santo hasta las 12:00 a. m. del Sábado Santo), estando la Policía Nacional y el COBA especialmente encargados de hacer cumplir esta disposición”, sostiene la Resolución número 023-2018 del Ministerio de Interior, que por igual prohíbe la presencia de menores en lugares de expendio de bebidas alcohólicas.
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